Tipos de exámenes o chequeos
Ley 618. Arto. 26, incisos a y b.
Examen médico pre-empleo o de ingreso
Es aquel que se realiza para determinar las condiciones de salud del trabajador antes de su contratación, en función de las condiciones de trabajo a las que estaría expuesto, acorde con los requerimientos de la tarea y perfil del cargo según la actividad a la cual aspira. Es fundamental que se determine la condición actual y si este no posee lesiones previas o que afecten su desempeño en el puesto.
Ley 618. Arto. 26, incisos c y d
Examen médico periódico o anual
Es aquel que realiza con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo e identificar en forma precoz, posibles alteraciones temporales, permanentes o agravadas del estado de salud del trabajador, ocasionadas por la labor o por la exposición al medio ambiente de trabajo. Aquí se determinan las bases para el Diagnostico de las Enfermedades Laborales y ayuda a la Higiene y Seguridad en la toma de medidas necesarias evitando más Daño al trabajador.
Normativas de Higiene y Seguridad. Vigilancia de la Salud. Capitulo VIII, Arto. 8 Inciso d.
Examen de reintegro
Es aquel que se realiza al trabajador después de un periodo de ausencia por haber sufrido alguna alteración en su estado de salud, este podría haber sido debido a un Accidente o Enfermedad Profesional. La correcta valoración del trabajador por parte del médico laboral determinara si las capacidades del paciente se encuentran plenas para el desarrollo de las actividades para los cuales fue debidamente contratado.
Examen físico
El examen Osteomioarticular debe ser siempre acucioso, porque no sólo se limita a extremidades superiores e inferiores. En el examen osteomioarticular lo que se busca es el origen del dolor, y hay que ver si el dolor es de la extremidad o es un dolor referido.
Dentro de la extremidad hay que buscar huesos, músculos, tendones, bursas, articulaciones, y si el dolor es causado por inflamación u otra afección. Para examinar extremidades hay que valorar al paciente en Bipedestación, en la Marcha, si Claudica (cojea) o no, los Movimientos al desvestirse, desde el mismo momento de conocerlo comienza el avalúo. Muchas veces con sólo esto se puede tener un diagnóstico acertado de las posibles patologías. A nivel de las articulaciones se pueden ver alteraciones del alineamiento, deformidades, aumento de volumen articular, equimosis y eritemas.
Fundamentalmente se ven las articulaciones: Hombro, Codo, Muñeca, Articulaciones metacarpofalángicas (MCF), Interfalángicas proximales (IFP), Interfalángicas distales (IFD) y se busca el rango de los movimientos, alineamiento, aumento de volumen, presencia de dolor, signos de inflamación, presencia de crepitaciones (crujido, roce articular) en los movimientos en general.
La evaluación Osteomioarticular genera información importante de las condiciones de salud del trabajador (a) y los posibles daños debido a la exposición a los diferentes escenarios de trabajo.
¿A quienes deben realizarlo?
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Los Obreros (as) que operan equipos o maquinarias susceptibles de producir vibraciones y trepidaciones deben ser valorados cada seis meses (Articulo. 161; Capitulo XIV, De la Higiene Industrial; Ruido y Vibraciones).
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Trabajadores (as) de las Áreas de Planchado (Artículo 25. Inciso d; Capitulo VIII; Gestión y Vigilancia de Salud).
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Trabajadores (as) de las Áreas de Inspección (Artículo 25. Inciso e; Capitulo VIII; Gestión y Vigilancia de Salud).
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Trabajadores (as) de las Áreas de Limpieza (Artículo 25. Inciso g; Capitulo VIII; Gestión y Vigilancia de Salud).
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Trabajadores (as) de las Áreas Administrativas (Artículo 25. Inciso h; Capitulo VIII; Gestión y Vigilancia de Salud).