Lista de exámenes según normativa
Tomando en cuenta la edad y los riesgos laborales se realizaran en el examen médico periódico los siguientes exámenes.
A todos los trabajadores en general.
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Biometría Hemática Completa.
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Examen General de Orina.
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Examen General de Heces.
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VDRL.
Estos se realizarán siempre y además los que se describen a continuación, adecuándolo a cada caso:
A todos los trabajadores de 40 años o más se les practicará además de las anteriores, lo siguiente:
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Perfil Lipídico
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Glucosa
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Electrocardiograma
Además de los exámenes generales anteriormente descritos se les practicarán:
A los trabajadores expuestos a sustancias químicas se les practicará además de los que se realiza a los trabajadores en general se practicará:
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Transaminasa Glutámico Pirúvica
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Espirometría.
A los trabajadores expuestos a plaguicidas se les realizará:
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Transaminasa Glutámico Pirúvica.
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Colinesterasa Sanguínea (Trimestral).
A los trabajadores expuestos a sustancias solventes (en cualquier estado: sólido, líquido o gaseoso), se les realizará:
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Recuento de plaquetas.
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Transaminasa Glutámico Pirúvica
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Espirometría.
A los trabajadores que se exponen a plomo en sus diferentes compuestos, se les realizará:
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Plomo en Sangre o
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Protoporfirina de Zinc en Sangre.
A los trabajadores que se exponen a niveles superiores a los 85 dB (A), se les realizará:
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Otoscopia.
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Audiometría de Tonos Puros.
A los trabajadores que se exponen a polvos ya sean orgánicos o inorgánicos, se les realizará:
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Radiografía de Tórax anteroposterior y lateral.
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Espirometría.
A los trabajadores expuestos a esfuerzos físicos intensos, se realizará:
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Radiografía de Columna Vertebral.
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Electrocardiograma.
A los trabajadores expuestos a extremas temperaturas.
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Electrocardiograma.
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Agudeza Visual.
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Factor Reumatoide.
A los trabajadores expuestos a vibraciones se les realizará:
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Audiometría
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Radiografía – cubital, de codo, de mano.
A trabajadores del Área Administrativa: Gerentes, Vice Gerentes, Secretarias, Contadores, Conductores, Operadores de Computadora, etc. y a personal de producción: Soldadores, Operarios y cualquier otro trabajador que requieren de buena agudeza visual, se realizará:
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Agudeza Visual.
A los trabajadores que manipulen alimentos, se les realizará:
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Exudado Faríngeo.
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Radiografía de Tórax Postero-Anterior.
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Coprocultivo.
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Examen Dérmico (Hongos).
A los trabajadores que laboren en medios insalubres o aguas contaminadas además de los generales, se les realizará:
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Examen Dérmico.
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Test de Leptospira.
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Exudado Faríngeo.
A los trabajadores operarios de recolección de basura además de los generales, se realizará:
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Examen Dérmico (Hongos).
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Test de Leptospira.
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Exudado Faríngeo.
A trabajadores de Buceo, se realizará:
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Glicemia.
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Audiometría.
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Radiografía de Tórax.
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Radiografía de Cráneo y Senos Paranasales.
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Electrocardiograma.
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Espirometría.
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Test Psicológico.
A trabajadores expuestos a Rayos X, se les realizará:
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Reticulositos.
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Recuento de Plaquetas.
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Espermatograma.
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Examen Médico Dermatológico.
A los trabajadores de vehículos y maquinaria pesada además de los generales, se realizará:
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Audiometría.
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Agudeza Visual.
Importante: A los trabajadores que por su actividad específica no esté contemplada en esta Norma, se les indicarán sus exámenes médicos de acuerdo a los riesgos y al criterio médico y/o de la Dirección General de Higiene y Seguridad del Ministerio del Trabajo o de la Gerencia General de Riesgos Laboral del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social.
Artículo 19. Examen Médico Periódico. El examen médico periódico se realizará de forma obligatoria a todos y cada uno de los trabajadores de los centros de trabajo que hubiesen cumplido 90 días o más de estar trabajando de manera continua en un puesto de trabajo específico.
Resolución Ministerial sobre Higiene Industrial en los Lugares de Trabajo. Capítulo X, de los Exámenes Médicos Ocupacionales. Ley No. 290; La Gaceta, Diario Oficial No. 102 del 03 de Junio de 1998 y el Decreto 71-98 Reglamento a la Ley 290; La Gaceta, Diario Oficial, No. 205 y 206 del 30 y 31 de Octubre de 1998; La Gaceta, Diario Oficial No. 165 del 1 de Septiembre de 1993.
Exámenes de laboratorio Pre-empleo
Los exámenes médicos de laboratorio mínimos a realizar en el examen médico pre-empleo tomando en cuenta su edad, riesgos laborales y otros factores de los trabajadores serán:
A todos
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Examen Físico Completo.
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Biometría Hemática Completa (BHC).
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Examen General de Orina (EGO).
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Examen General de Heces (EGH).
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VDRL/RPR.
A trabajadores que se expondrán a sustancias químicas
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Transaminasa Glutámico Pirúvica
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Espirometría.
A trabajadores que se expondrán a trabajos intensos
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Examen físico.
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Radiografía Columna Vertebral.
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Electrocardiograma (Levantamiento de Carga superior a 70 lbs/32 Kg.).
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Factor Reumatoide (Temperatura Extremas).
Compilación de Normas Nacionales de Higiene y Seguridad. Capitulo III. De la Salud de los Trabajadores. Arto. 26. Inciso b. Capitulo X. De los exámenes médicos ocupacionales. Arto. 18. Inciso d.